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INSPECTORÍA

María Antonieta Vásquez Andana
Inspectora General

Víctor Zúñiga Núñez
Inspector de Patio

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María José Landaeta Gutiérrez
Inspectora de Patio

ARTÍCULO N° 16: FUNCIONES Y DEBERES DEL INSPECTOR/A GENERAL

 

-FUNCIONES:

El Inspector/a General, es el docente directivo que tiene como responsabilidad velar porque las actividades del establecimiento se desarrollen en un ambiente de disciplina, bienestar y sana convivencia.

-DEBERES DEL INSPECTOR/A GENERAL:

1. Llevar al día la asistencia de los alumnos y registrar mensualmente en boletines de subvención con personal a su cargo.

2. Controlar la disciplina del alumnado, exigiendo hábitos de puntualidad y respeto a Directivos, Profesores, Asistentes de la Educación, Manipuladoras y entre pares.

3. Autorizar las salidas extraordinarias de los estudiantes. Y citar a los padres y apoderados vía telefónica cuando un alumno/a se encuentre enfermo o hubiese tenido un accidente escolar. Atribuciones que son solo de Inspectoría General y en su ausencia, la asume otro integrante del Equipo Directivo y/o la encargada de convivencia escolar.

4. Supervisar formaciones y presentaciones de los estudiantes, dentro y fuera de la unidad educativa.

5. Supervisar el control diario de la asistencia de los alumnos, cautelando su correcto registro en los libros de clases.

6. Verificar la correcta documentación de los estudiantes que ingresan al establecimiento.

7. Entregar documentación de los estudiantes que se retiran de la unidad educativa. Debiendo dejar un registro escrito del acto.

8. Controlar la realización de las actividades de índole cultural, social, deportiva, de bienestar estudiantil y los actos cívicos, en lo atingentes a su calendarización, temáticas y responsables. Promover positivas relaciones con el Centro General de Alumnos y Centro General de Padres y Apoderados.

9. Llevar los libros de control, bitácora, registro de las funciones docente, documentos de seguimiento de los alumnos y carpetas de los estudiantes; siendo de su responsabilidad que estén al día y bien implementados.

10. Controlar el cabal cumplimiento de los horarios de los docentes en sus clases, velando porque se respeten los horarios y horas de colaboración.

11. Programar y coordinar las labores de los asistentes de la educación.

12. Supervisar a los Auxiliares de Servicios y cumplimiento de sus funciones, para una mejor higiene ambiental y buena presentación del establecimiento.

13. Elaborar los horarios de clases y de colaboración del personal; en conjunto con la Unidad Técnica Pedagógica, acorde a los criterios pedagógicos, aprobados por el Director/a, previa conversación con los docentes.

14. Participar en las reuniones del Equipo Directivo y del Equipo de Gestión de Convivencia Escolar.

15. Llevar el registro de los permisos administrativos solicitados por los docentes y asistentes de la educación; siendo el responsable de enviar el reporte mensual al DAEM. Los permisos deberán ser solicitados, acorde a lo que establece el artículo N°20 (numeral 5).

16. Registrar las licencias médicas de los funcionarios; informando oportunamente a Dirección y Unidad Técnica Pedagógica.

17. Supervisar que todos los estamentos de la comunidad educativa cumplan con las medidas de seguridad y de autocuidado, para su protección considerando que aun la contingencia sanitaria, si bien ha disminuido está presente en menor medida, velando que se eviten las aglomeraciones y el uso obligatorio de la mascarilla cuando la autoridad sanitaria lo determine.

Además, de dar las instrucciones al personal de aseo para que esté disponible y accesible, el jabón y toalla nova entre otros insumos en las distintas dependencias del establecimiento.

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